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03/05/2012 · Textos legales, Convocatorias y Subvenciones -> Convención Internacional de derechos de PCD
La Convención de la ONU y su protocolo, consiguió llenar el vacío legal en el marco de las normas internacionales de derechos humanos, pues ninguna norma anterior se había ocupado de la situación especial de las personas con discapacidad, por lo que supuso un espaldarazo definitivo para promover su plena integración en los diferentes ámbitos de la sociedad. Una de las principales preocupaciones de DOWN ESPAÑA ha sido dar a conocer y difundir el texto
16/09/2011 · Textos legales, Convocatorias y Subvenciones -> Convención Internacional de derechos de PCD
La modificación normativa objeto de este real decreto encuentra su fundamento en el artículo 4 de la Convención, en virtud del cual, los Estados Parte se comprometen a adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para asegurar el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna por motivos de discapacidad
01/08/2011 · Textos legales, Convocatorias y Subvenciones -> Convención Internacional de derechos de PCD
La modificación normativa objeto de la presente Ley encuentra su fundamento en el artículo 4 de la Convención, en virtud del cual los Estados Partes se comprometen a adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para asegurar el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna por motivos de discapacidad
30/03/2007 · Textos legales, Convocatorias y Subvenciones -> Convención Internacional de derechos de PCD
Primer instrumento amplio de derechos humanos del siglo XXI y la primera convención de derechos humanos que se abre a la firma de las organizaciones regionales de integración. Señala un “cambio paradigmático” de las actitudes y enfoques respecto de las personas con discapacidad. La Convención se concibió como un instrumento de derechos humanos con una dimensión explícita de desarrollo social. En ella se adopta una amplia clasificación de las personas con discapacidad y se reafirma que todas las personas con todos los tipos de discapacidad deben poder gozar de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Se aclara y precisa cómo se aplican a las personas con discapacidad todas las categorías de derechos y se indican las esferas en las que es necesario introducir adaptaciones para que las personas con discapacidad puedan ejercer en forma efectiva sus derechos y las esferas en las que se han vulnerado esos derechos y en las que debe reforzarse la protección de los derechos.
07/02/2012 · Investigación, Estudios y Biblioteca -> Documentos pragmáticos Down España
La actual legislación no otorga el mismo valor a la vida de una persona con discapacidad que a la de aquella sin discapacidad y es contraria a la Convención de Derechos de Personas con Discapacidad, ratificada por España en 2008
01/06/2010 · Textos legales, Convocatorias y Subvenciones -> Convención Internacional de derechos de PCD
Este documento fue elaborado a solicitud del CERMI, para fundamentar su demanda al Defensor del Pueblo con el fin de recurrir la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo ante el Tribunal constitucional por motivo de discriminación. Lo que claramente elimina la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad es la posibilidad de que se realicen distinciones basadas precisamente en la condición de discapacidad del feto, nasciturus o persona por nacer (según las consideraciones de cada Estado). Y esta fórmula de protección y garantía del derecho a la vida es precisamente lo que la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo bajo análisis vulnera con las diferencias establecidas en torno a los diferentes plazos (o excepción de plazo).
01/09/2010 · Textos legales, Convocatorias y Subvenciones -> Convención Internacional de derechos de PCD
Los Estados han de incorporar a su derecho interno el primer tratado de derechos humanos del siglo XXI: la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD). Además de las cuestiones estrictamente técnicas que habrán de impactar sobre cada una de las ramas del Derecho, al analizar los muchos temas que son abordados por la CDPD se advierte un problema común y conjunto cuya solución plantea un gran desafío que debe enfrentarse sin demora: La revisión de las normas jurídicas internas a la luz de este Tratado debe ser consciente de que se está enfrentando claramente a un problema de naturaleza cultural. Un “problema” cultural que nos obliga a revisar las dimensiones sociológicas y dikelógicas de nuestras normas positivas para adecuar a ellas la dimensión del texto de las leyes y, lo que es aún más urgente, su valoración y aplicación a casos actuales. Un problema cultural que nos coloca a los operadores del derecho en el centro de la escena porque somos parte del problema por la forma en que estamos acostumbrados a razonar los temas jurídicos. Un problema cultural que más allá de las eruditas elaboraciones sobre la identidad y autonomía de las diferentes ramas del Derecho nos obliga a repensarlo como una arena de interrelaciones jurídico-políticas en la que está en juego la dignidad del ser humano
01/12/2010 · Textos legales, Convocatorias y Subvenciones -> Convención Internacional de derechos de PCD
La Convención de la ONU supone un cambio radical de la anticuada visión de la discapacidad cuyo objetivo principal era la asistencia al discapacitado. No obstante, La inclusión de pleno derecho de las personas con síndrome de Down en nuestra sociedad debe pasar por su incorporación al mercado de trabajo, ese es el fin que los gobiernos y la sociedad han de perseguir
02/05/2010 · Textos legales, Convocatorias y Subvenciones -> Convención Internacional de derechos de PCD
Se reconoce "el derecho de las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de condiciones con las demás...Los Estados promoverán el ejercicio del derecho al trabajo, incluso para las personas que adquieran una discapacidad durante el empleo...prohibirán la discriminación y protegerán y asegurarán los derechos de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás". Los protagonistas solicitan una formación para poder trabajar, las mismas oportunidades que los demás y una implicación directa de sindicatos para defender los derechos del discapacitado como trabajador
02/05/2010 · Textos legales, Convocatorias y Subvenciones -> Convención Internacional de derechos de PCD
Los Estados reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación, se asegurará un sistema de educación inclusivo a todos los niveles y la enseñanza con la finalidad de desarrollar el potencial humano, la autoestima y el respeto por los derechos humanos, así como la creatividad, personalidad y aptitudes mentales y físicas de las personas con discapacidad. La finalidad es brindar la posibilidad de aprender habilidades para la vida y desarrollo social. Los protagonistas añaden al artículo presente el derecho a formarse con compañeros con o sin discapacidad y algunas experiencias personales de vulneración de este derecho. En resumen se reconoce la urgencia de establecer un sistema educativo inclusivo y eficaz